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La declaración que condenó a "Chirola" PDF Imprimir E-Mail
viernes, 30 de julio de 2010

(Fuente: Infoallen - Por Victoria Godoy) Entre otros elementos de prueba considerados por el Juez, de la declaración de un camionero de apellido Suárez se desprende claramente que en las instalaciones de Frutol S.R.L en Allen se cargaron cuatro pallets sin 'frio', donde de acuerdo al criterio del juzgado estaba la cocaína que luego fue llevada al Puerto de Buenos Aires. Lea el fragmento de la declaración en el interior de la nota.

La forma en que se organiza el transporte de la fruta y los diferentes controles de rigor, cuyas operaciones fueron oficializadas por la exportadora FRUTOL S.R.L., no dejan margen de dudas posible, o por lo menos así lo entendió el juez Brugo al dictar el procesamiento de Nelson Fermín Hinricksen.

En la primera parte transcribimos la descripción de los hechos de dominio público que llevaron a la detención de Hinricksen:

I Constancias de la causa:

Que la presente investigación se inicio con motivo del intento de exportación de sustancia estupefaciente (1647,410 kilogramos aproximadamente de clorhidrato de cocaína)
La sustancia incautada se encontraba oculta en paquetes rectangulares aproximadamente de 20x15x 4 centímetros.

Estos se hallaban envueltos en papel film transparente de distintos colores , con la apariencia de ladrillos, resultando un total de 1500 paquetes.

A su  vez los mismos se hallaban alojados dentro de cajas de cartón identificadas con la leyenda “Brisas” , conteniendo cantidad de manzanas no precisas y además la sustancia estupefaciente.

Dichas cajas integraban cinco pallets que integraban parte de un embarque formado por un total de aproximado de veinte pallets.

Que la totalidad de las cajas citadas fueron halladas el 16 de junio pasado, en el interior del contenedor MWCU674221-3 que lucía impuesto precinto de origen EXCER 017342, precinto de la aduana de Villa Regina DQ07442 y MLAR006783 de la Terminal Portuaria.

La operación se documentó mediante la solicitud de Exportación n° 10085EC01003311B oficializada con fecha 04-06-10  ante la aduana de Villa Regina, habiéndosele asignado Canal Rojo, habiendo intervenido como jefe de sección “R” Pablo A. Merse jefe de sección V –verificador-  Osvaldo D. Centeno Katsaounis, y jefe de oficina “K” -guarda- Gustavo G. Alzogaray resultando exportador la firma “Frutol S.R.L” interviniendo como despachante  de aduana Miguel Ángel Lacalle, como agente de transporte aduanero Ovidio Alberto Piermarini.

El contenedor de mención se encontraba en tránsito por aduana de Buenos Aires para ser embarcado vía marítima con destino final  España, habiendo arribado al Puerto de Buenos Aires el 08-06-10.

Al momento de ingresar el contenedor citado a la Terminal Portuaria n°4, la jefatura de aduana del punto de control mediante el equipo de escáner de rayos, atento a los controles que se efectúan para las cargas con destino Europa y en especial España, advirtió que resultaron imágenes sospechosas en parte de su contenido.

En el procedimiento de fecha 16 de Junio pasado, se encontraba presente Nelson Fermín Hinriksen, quién manifestó ser apoderado de la firma “Frutol S.R.L”, y se procedió a su detención.

A continuación se muestra en forma parcial las consideraciones que llevan al juez Brugo a dictar el encarcelamiento del “apoderado” de Frutol S.R.L solamente:

17°) Que a fojas 682/683 vta. Luce la declaración testimonial prestada por Miguel Antonio Suárez, quién refirió desempeñarse como camionero de la firma de Transportes “EXCER” desde el mes de febrero de 2008. Dijo que para transportar el contenedor MWCU 4221-3 manejó un camión marca Fiat IVECO, modelo 2005, patente EJS 089.

Que dicho viaje lo realizó a raíz de lo que le fue ordenado por Pablo Bongiovanni, empleado de logística de la empresa EXCER. Manifestó que la empresa de referencia se encuentra ubicada en las calles 5 y 10 de Retiro, ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Con relación al traslado hasta esta ciudad  del contenedor de mención efectuó un pormenorizado relato de su viaje, a saber que “... salió de la ciudad de Buenos Aires el día 3 de Junio pasado y arribó a la Aduana de Villa Regina el día 4 de Junio para pesar el camión y el semi en la balanza fiscal de la Aduana de Villa Regina, luego de haber pesado se dirigió a la localidad de Allen a cargar.”, “...se dirigió al empaque de la firma Frutol que se encuentra ubicada en calle Primeros Pobladores, no recordando el número...que es una calle de tierra donde no se encuentra identificado  el número...”, “... en el empaque de Frutol  se entrevistó con el encargado de quien no recuerda el nombre y a esta persona le presentó la documentación para retirar la carga...”

Efectuó una descripción física del encargado del empaque, refiriendo  que se trataba de una persona joven, de unos 25 años de edad, aproximadamente, alto, de 1,76 de altura, de tez blanca, pelo corto, oscuro, con entradas, refirió que podía tratarse de un empleado de Frutol.

Refirió que esta persona le dio la orden de que se dirigiera a cargar al galpón de Cámaras de Frío, que en ese lugar lo atendió el dueño, de quien no recordaba el nombre, señalando que poseía una 4x4 marca Nissan, nueva.

Dijo recordar que esta persona se llamaba  Marcelo o Sergio, y era el dueño de la Cámara, efectuando la siguiente descripción física...” (...) “... continuando con su relato dijo que esta persona le informó que no tenía que cargar en ése lugar, que tenía que ir al empaque, que ello le llamó la atención porque no era normal, toda vez toda vez  que la fruta a su entender, tenía que estar en la cámara de frío. Que, en el empaque cargó 4 pallets de fruta que no estaba en “frío”.

Señaló que los cuatro pallets los cargó el maquinista, y luego se dirigió con el  camión al frigorífico a cargar el resto de la mercadería enfriada. Que, cuando terminó de efectuar la carga le pusieron un precinto azul, para que cuando llegara a la Aduana de Villa Regina surgiera que no había sido violada la carga.

Que se dirigió a la Aduana de Villa Regina, que ello le requirió una hora de viaje, explicando que se trata de un trayecto de aproximadamente de 75 km.

Que cuando arribó a la Aduana de Villa Regina, sucedió algo anormal, el despachante “Leo” lo mandó a pesar el camión antes de que SENASA verifique la calidad de la fruta.

Aclaró que obligatoriamente primero este tipo de carga pasa por SENASA, que la ingeniera del SENASA corta el precinto azul, saca tres o cuatro cajas de fruta, pone fruta en una bandeja y allí verifica la calidad de la misma, expidiendo el certificado correspondiente.

Luego, si el ingeniero agrónomo da el visto bueno, la fruta se exporta, si ocurre lo contrario él la tiene que devolver al dueño del empaque.

Agregó que se pasa primero por SENASA para poder habilitar el pesaje  porque la balanza fiscal se paga, si SENASA rebota la fruta, se paga sin sentido.

Que luego de haber pasado por la balanza fiscal, los ayudantes de  “Leo” le dijeron que se fuera a comer y a la tarde regresaron y le entregaron el sobre de Aduana, el remito, los fitosanitarios que se hacen en Río Colorado, y el despachante de Aduana precintó las puertas del contenedor.

Agregó, que ése día salieron de Frutol  cuatro camiones, tres de EXCER y uno de Transportes Ameghino”. Aclaró que cada camión cargaba un contenedor porque eran de 40 pies de diámetro.”

El mismo Suárez explica que la carga de los cuatro pallets que transportaban el estupefaciente estaban en las dependencias de  Frutol.

También resalta la maniobra poco usual del desdoblamiento de la carga, ya que el resto de la misma sí salió de un frigorífico.

De esta manera el juez entiende que Hinricksen no podía desconocer y menos aún deslindar responsabilidades en este intento de contrabando de la droga. Otro camionero habría respaldado los dichos de Suárez.

 
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